domingo, 1 de noviembre de 2015

mecanismo solucion de controversias internacionales


MECANISMO DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS
INTERNACIONALES

El conflicto en la Sociedad Internacional, ha llevado  a que  se  ejecuten obstacularidades en  la  comunicación de un Estados con  otros.  La insatisfacción   del uno como lo del otro, el intentar manipular,  la creación de grupos  que  presentan según para ese Estado una amenaza, es una de las causas  aborígenes,  es hay en donde se estimado la creación de mecanismos, métodos, u estrategias para  evitar en el presente y en especial en un futuro  atrocidades  inherentes e inhumanas para la existencia  del planeta tierra.
El statu quo  como principio del  Derecho internacional,   entre sus  objetivos se pretende  ser un medio de coerción, actuando como  un cuerpo unilateral. Llegando asi que  cualquiera  de los sujetos haga un uso de la fuerza,  la cual sea esta la única solución del conflicto.
El derecho internacional al no ser una norma de  carácter interno,   pero si como una norma enmendadora de ayuda para  las partes que se reconocen  como legitimas
En la Convención de la Haya en su artículo 1 hace un llamado de atención a los Estados  para que antes de ser uso de la fuerza  estos medien una solución  o arreglo pacífico  de sus controversias.
Por otro lado en el Pacto de Sociedad de las Naciones, según en su artículo 12; recomiendan a los Estados para que se acerquen a un arbitraje  p al consejo para comprometerse a no recurrir a  la implementación de la guerra como una salida, cumpliendo un  plazo de tres meses. Como la  Carta de las Naciones Unidas, otros Convenios  e Instituciones  que  aportan en sus artículos o resoluciones aportes significativos  para  evitar  controversias Internacionales
Algunos de los medios pacíficos  para la solución de Controversias Internacionales son los siguientes:
1.     Negociación:
Como medio de solución pacífica de controversias, consiste en que  las partes lleguen a  solucionar sus  inconvenientes  sin la necesidad de que intervengan  terceros, ni mecanismos jurisdiccionales o no jurisdiccionales.  No es visto como un deber  interpuesto sino  que juega en medio el principio de  buena fe.


2.     Buenos oficios y Mediación:
Es en el actuar  de un arreglo  pacífico en donde intervienen oficios  como  medio de comunicación entre las partes.   El interviniente debe ser  parcial.
Si las partes se  niegan en negociar directamente  pasa ser el buen oficiante  a ser transmisor   de las ofertas y  en las contra en que  proponga el  otro estado
3.     CONCILIACION:
Es la intervención del tercero imparcial se  produce   al imponer obligaciones  para cada uno de los estados que se encuentran en situación de inconformismo o enfrentamiento..
Este se  puede producir  en carácter previo previo   o  en caso  posterior.
Este  puede ser solicitado por cada uno de las partes.
El tercero busca una solución  de arreglo.
Las partes  pueden manifestarse  escrito  o oral.
La conciliación es de naturaleza política, sin olvidar  entres sus anexos  procedimientos  jurisdiccionales.
La decisión que se opte debe  hacerse en principios de justicia y equidad y  en especial  con la implementación de la juridicionalidad

4.     INVESTIGACION, ENCUESTA Y DETERMINACION DE LOS HECHOS:
Encargada  de  hacer una investigación imparcial de  fondo sobre los hechos.  Estas pueden ser  instrumentos para otros medios de arreglo pacifico de  controversias. Pese  a que  se entra a evaluar la gravedad  de los  daños,  entra  a mirar que Estado se encuentra en un  nivel mayor de indefensión, llegando a la conclusión  y cumpliendo  con el objetivo de encontrar la solución  pacifica en esta controversia.

5.     ARBITRAJE:
Es un arreglo pacífico de controversia  en donde  los Estados recurren  ante un Tribunal arbitral, en  donde cualquiera de una de las partes  lo solicite.
Un aspecto importante a considerar  es que en el arbitramiento los  jueces que  colocan cada uno de las partes  deben de ser arbitrales,  reconociendo  que el derecho interno  de cada uno de los estados  no se  vulnere  y no se afecte.
En caso de que  no se llegue  a identificar quien es el más afectada  se toma a consideración que  si  las normas  no son suficientes o  no llegan alcanzar  a dar una solución conforme  a los estados se opta por  la implementación de la  equidad  en dar de manera razonable  la solución del conflicto, procurando que los Estados  no salgan  tan afectados  ni se llegue a generar  a futuros  conflictos.

Como ya mencione anteriormente hay una  jerarquía, por ultima  será de competencia el consejo de estado  entra a evaluar  el caso.


ELABORADO POR:                                   YONATAN  SOSSA

No hay comentarios:

Publicar un comentario